
Diario de minería, petróleo y campo.
Mientras algunos sectores insisten en falsos dilemas, la industria minera sostiene que la clave está en una correcta reglamentación de la ley vigente.
El debate sobre la Ley de Glaciares vuelve a ocupar espacio en la agenda pública argentina. Como ocurre en ciclos políticos determinados, surgen posturas que plantean que derogar la ley permitiría avanzar con minería en zonas prohibidas, generando confusión en la sociedad y enfrentamientos innecesarios entre desarrollo productivo y cuidado ambiental.
Sin embargo, desde el sector industrial sostienen que ese no es el verdadero problema. La posición más firme dentro del sector es que la Ley 26.639, sancionada en 2010, no necesita ser derogada ni modificada, sino reglamentada de forma técnica y precisa, para terminar con interpretaciones erróneas o malintencionadas que paralizan proyectos sin fundamento ambiental sólido.
Uno de los sectores que se pronunció recientemente fue la Cámara Minera de San Juan, a través de su presidente, Ricardo Martínez, quien expresó públicamente que “no se trata de modificar la ley, sino de reglamentarla con criterio”. La provincia de San Juan, con proyectos estratégicos como Los Azules, El Pachón o Josemaría, se ve directamente afectada por demoras o judicializaciones que, en muchos casos, responden más a disputas políticas que a reales amenazas ambientales.
Falsos debates: ¿Permitiría la derogación minería en glaciares como el Perito Moreno?
Parte de las campañas que fogonean el enfrentamiento sugieren que, si se modificara o derogara la Ley de Glaciares, se habilitaría la minería en áreas emblemáticas como el Glaciar Perito Moreno o el Campo de Hielo Patagónico Sur. Nada más alejado de la realidad.
Las principales áreas glaciares de Argentina están protegidas no solo por leyes nacionales sino también por parques nacionales, tratados internacionales y, sobre todo, por la propia inviabilidad económica y técnica de desarrollar minería en ese tipo de entornos.
“Nadie en su sano juicio va a destruir un glaciar para hacer minería”, repiten empresarios, técnicos y geólogos de todo el sector. No existe minería metalífera sobre glaciares activos, ni en Argentina ni en ninguna parte del mundo, y tampoco está en los planes de ningún proyecto serio hacerlo.
Lo que sí genera trabas es la falta de precisión sobre qué se considera “ambiente periglaciar” o zonas de influencia indirecta, lo que ha dado pie a judicializaciones cruzadas, incluso en proyectos ubicados a decenas de kilómetros de los glaciares inventariados.
Responsabilidad ambiental y minería moderna
La minería en Argentina opera bajo estrictas normas ambientales que incluyen evaluaciones de impacto ambiental, controles gubernamentales, auditorías externas y participación ciudadana. Además, las propias empresas aplican estándares internacionales en la gestión de recursos hídricos y cuidado del entorno.
El problema no es la existencia de la Ley de Glaciares, sino su aplicación sin claridad técnica, algo que afecta no solo a la minería sino a cualquier actividad productiva en zonas cordilleranas.
¿Por qué reglamentarla?
Reglamentar con precisión significa:
- Definir con rigor técnico qué áreas son efectivamente glaciares o periglaciares.
- Evitar que zonas sin valor ambiental estratégico sean utilizadas como argumento para frenar proyectos.
- Brindar seguridad jurídica a las inversiones, a la vez que se protege el ambiente de forma efectiva.
Desarrollo y ambiente: un equilibrio necesario
La minería es uno de los motores potenciales del desarrollo productivo argentino, sobre todo en provincias cordilleranas. Pero su crecimiento no puede ni debe plantearse como un enfrentamiento con el ambiente. La responsabilidad, el control y el respeto a los recursos naturales son principios compartidos por las empresas serias del sector.
El desafío es terminar con debates falsos que solo generan confusión y detener el desarrollo de inversiones millonarias que podrían generar empleo y divisas para el país, sin comprometer los glaciares.
Argentina necesita producción responsable, con leyes claras, reglamentadas correctamente y aplicadas con criterio técnico, no con consignas simplistas que enfrentan desarrollo con conservación cuando es perfectamente posible lograr ambos.