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En una entrevista exclusiva concedida a Agenda Industrial, el geólogo y abogado Favio Casarín afirmó que la Ley de Glaciares “nació mal, se aplicó peor y hoy bloquea inversiones clave en cobre y litio”. Plantea que sin una Ley Aclaratoria antes de julio de 2026, proyectos estratégicos podrían quedar fuera del RIGI.
Una norma hecha sin criterios técnicos y con efectos que hoy se vuelven críticos Durante la conversación con Agenda Industrial, Casarín fue categórico: la Ley 26.639 no surgió de un diagnóstico científico sobre glaciares, permafrost o reservas hídricas.
Se redactó en un contexto político marcado por el antiminerismo de mediados de los 2000.
Ese origen —señala— explica la principal falla que hoy afecta a toda la cordillera: la definición amplia y poco precisa de “ambiente periglacial”, que convierte grandes zonas sin hielo permanente en áreas prohibidas para la minería.
“La ley mezcla conceptos y bloquea zonas que no cumplen ninguna función hídrica”, sostuvo el especialista. “No es una discusión ambiental; es un problema técnico mal resuelto.”
Tres gobiernos sin política minera y un problema que explotó con el boom del cobre
Casarín remarcó ante Agenda Industrial que durante los últimos 15 años ningún gobierno nacional impulsó una estrategia clara para el desarrollo minero.
Esa inacción permitió que la Ley de Glaciares permaneciera sin correcciones y sin una reglamentación acorde al avance de los proyectos.
El cambio no llegó desde la política, sino desde el mercado global: la transición energética, la electromovilidad y la demanda de cobre y litio volvieron urgente lo que antes parecía secundario.
Hoy, esa ley mal definida se transformó en el principal freno para proyectos de escala mundial ubicados en San Juan y Catamarca.
Federalismo, Corte Suprema y el límite jurídico que nadie puede evitar
Uno de los puntos centrales de la entrevista fue el intento de algunos sectores de delegar a las provincias la potestad de decidir sobre el ambiente periglacial.
Casarín fue claro: es imposible.
“La Corte Suprema ya validó la Ley de Glaciares en 2019. Es Presupuesto Mínimo Ambiental. Las provincias no pueden flexibilizarla ni reducir el estándar federal”, explicó. “Si lo intentan, cualquier juez lo revierte en 24 horas.”
Esto deja un único camino viable: modificar la ley desde el Congreso, sin debilitar su nivel de protección pero corrigiendo su precisión técnica.
La propuesta concreta: una Ley Aclaratoria científica y federal
Casarín plantea que la solución no es derogar la ley, ni flexibilizarla por decreto, ni judicializarla.
La herramienta estable es una Ley Aclaratoria que:
defina técnicamente qué es ambiente periglacial,
limite la prohibición solo a zonas con permafrost real,
mantenga la protección estricta sobre glaciares y glaciares de escombros,
delegue aplicación y monitoreo a las provincias con lineamientos nacionales claros,
respete el fallo de la Corte y el principio de no regresión ambiental.
Con esta precisión, se liberarían áreas donde hoy no hay riesgo hídrico y se daría certidumbre jurídica a los grandes proyectos.
Julio de 2026: el plazo real que condiciona a Los Azules, El Pachón y Josemaría
Durante la entrevista con Agenda Industrial, Casarín advirtió que la discusión no es teórica: tiene un plazo exacto.
El RIGI cierra en julio de 2026.
Si para entonces no hay claridad legal sobre dónde aplica la Ley de Glaciares, las empresas difícilmente asumirán compromisos millonarios bajo riesgo de judicialización.
Solo en San Juan, el tridente de proyectos Los Azules – El Pachón – Josemaría suma más de USD 15.000 millones en inversión potencial, junto con 15.000 a 20.000 empleos directos e indirectos en construcción.
“Sin seguridad jurídica, esa inversión migra hacia Chile o Perú, donde las reglas están claras”, afirmó Casarín.
La contradicción actual: proyectos con aprobación provincial, pero limitados por la ley nacional
Agenda Industrial consultó a Casarín sobre el caso de Josemaría, que ya cuenta con Declaración de Impacto Ambiental aprobada en San Juan.
La respuesta fue contundente:
“La DIA provincial evalúa impacto. La ley nacional prohíbe directamente si la zona es glaciar o periglacial. Son instrumentos distintos y no compatibles. Si no se aclara la definición, el proyecto sigue expuesto a litigios.”
Esa contradicción —dice— no se resuelve con una interpretación política, sino con una precisión técnica del marco normativo.
Los riesgos ambientales: reales donde corresponde, inexistentes donde la ley confunde
Consultado sobre el agua, Casarín evita los extremos.
Reconoce que hay zonas donde la minería no debe operar bajo ningún concepto.
Pero aclara que la tecnología actual permite gestionar riesgos en áreas sin permafrost ni reservas hídricas sensibles.
El problema no es ambiental: es que la ley no diferencia entre ambos escenarios.
“Una ley clara protege lo que hay que proteger y permite trabajar donde no hay riesgo real”, concluyó.
Claves de la entrevista realizada por Agenda Industrial
- • La Ley de Glaciares tiene deficiencias técnicas que bloquean proyectos sin necesidad.
- • Tres gobiernos evitaron corregirla por falta de política minera.
- • La Corte ya determinó que las provincias no pueden flexibilizar la norma.
- • La solución estable es una Ley Aclaratoria precisa y científica.
- • El RIGI impone un plazo: julio de 2026.
- • Proyectos por USD 15.000 millones dependen de resolver esta definición.
- • Parte del mapa cordillerano está frenado por ambigüedad, no por riesgo hídrico.
Lo que queda abierto: ¿actuará el Congreso a tiempo?
La entrevista revela un punto crítico: la minería argentina no está frenada por falta de recursos, ni por falta de tecnología, ni por falta de demanda global.
Está frenada por una ley mal redactada hace 15 años y nunca corregida.
La respuesta no la dará un juez ni un decreto. La dará el Congreso.






