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La Cámara Federal de Apelaciones revocó la medida cautelar que frenaba el offshore en Mar del Plata y autorizó los trabajos de sísmica y perforación a poco más de 300 kilómetros de la costa atlántica.
Según el fallo se dejó sin efecto la sentencia del juez de primera instancia de Mar del Plata Santiago Martín, que había detenido las tareas previas a la perforación del primer pozo, aunque se fijaron condiciones para retomar los trabajos en busca de gas y petróleo.
El punto tres de la resolución de los jueces del Tribunal determinó: “Dejar sin efectivo la medida cautelar y autorizar en consecuencia la continuidad de las actividades de prospección que involucran al presente proyecto en los términos dispuestos por esta sentencia”.
Pero el cuatro punto impone condiciones. En primer lugar establece que deberán incluirse, como “observadores permanentes”, a miembros del equipo “Pampa Azul”, quienes deberán velar por el cuidado del Monumento Natural Ballena Franca, por la tutela del “Agujero Azul”, así como denunciar a las autoridades administrativas y judiciales actuantes cualquier acontecimiento que afecte sensiblemente al ambiente, para propiciar la inmediata suspensión de las actividades.
Además, los camaristas fijaron que las actividades de prospección sísmica no deberán llevarse a cabo a una distancia menor a cincuenta 50 kilómetros del sector que comprende la zona denominada “Agujero Azul”.
Por último, exigieron que las actividades propias del proyecto offshore deberán “suspenderse inmediatamente, ante la verificación de cualquier acontecimiento que dañe sensiblemente al ambiente, tanto por parte de las autoridades administrativas o judiciales como por parte de los responsables de su ejecución”.